Fundamento.
El recurso de casación ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya respecto a asuntos de derecho de familia regidos por el ordenamiento civil catalán, deberá fundamentarse, exclusivamente o junto con otros motivos:
a) en la infracción de normas de dicho ordenamiento con rango de ley,
b) en la infracción de preceptos constitucionales o doctrina del Tribunal Constitucional en relación al derecho civil catalán, si no procede la casación ante el Tribunal Supremo.
Motivo de impugnación para acceder a la casación.
Para acceder a la casación por jurisprudencia contradictoria ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, el motivo de impugnación de los asuntos deberá fundamentarse en la contradicción respecto a la jurisprudencia de sentencias reiteradas del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, entendiéndose por «reiteradas» la existencia de al menos dos sentencias de dicho Tribunal en un mismo sentido, requiriéndose respecto a cada motivo del recurso, cómo, cuándo y en qué sentido la sentencia recurrida vulnera o desconoce la jurisprudencia establecida en ellas.
Fuente del post: Ley 4/2012, de 5 de marzo, del recurso de casación en materia de derecho civil de Catalunya.
Imagen: herbinisaac
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