Al comprar una casa o un piso, debemos tener en cuenta que no sólo abonaremos su precio de venta, sino que una suma de dinero deberá destinarse a otros gastos como son los siguientes:
1. La escrituración pública en la notaría.
Es lo que se refiere a los aranceles notariales más el coste de las copias de la escritura.
El coste de los aranceles suele oscilar entre el 0,2% y el 0,5% del valor del inmueble.
2. La inscripción en el Registro de la Propiedad.
Es el precio de los aranceles del registrador, que normalmente oscilan entre el 0,1% y el 0,25% del precio de la vivienda.
3. Los impuestos.
Son los tributos autonómicos o estatales asociados a la compraventa del inmueble, y pueden variar en función del tipo de vivienda:
· Si la vivienda es nueva: IVA (10%) e Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (en adelante IAJD) (0,1% – 1,5%, según la comunidad autónoma)
· Si la vivienda es de segunda mano: Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (en adelante ITP) (2,5% – 10%, según la comunidad autónoma)
· Si el valor del terreno ha aumentado: IIVTNU o plusvalía municipal (depende de cada Ayuntamiento).
En el supuesto de financiar la compra con un préstamo hipotecario, también se generarán los llamados gastos de constitución de la hipoteca.
¿Quién paga los gastos de compra de vivienda?
Los gastos de compraventa se reparten únicamente entre el comprador y el vendedor, dado que el banco no interviene en esta parte de la operación (más allá de prestar dinero al primero para que efectúe la adquisición).
¿Qué tiene que abonar cada parte?
El comprador deberá pagar:
· El IVA y el IAJD si el inmueble es nuevo o el ITP si es de segunda mano.
· Los gastos notariales generados por la escrituración.
· Los aranceles registrales derivados de la inscripción de la escritura.
· Y, como es lógico, el importe pactado por la compra de la vivienda.
El vendedor deberá pagar:
· El IIVTNU o plusvalía municipal si procede.
· Los gastos de cancelación de su hipoteca si existía esta carga antes de la venta.
Ejemplo.
Muchas veces todo se ve más claro con un ejemplo.
Así, tomando como referencia una vivienda en la ciudad de Barcelona de 150.000 euros generará una serie de gastos notariales y registrales asociados a la operación y los impuestos que correspondan, tales como:
· Aranceles notariales: unos 750 euros.
· Aranceles del registrador de la propiedad: unos 375 euros.
· IVA + IAJD si es nueva: 17.250 euros (15.000 + 2.250).
· ITP si es de segunda mano: 15.000 euros.
Fuente del post: HelpMyCash.
Imagen: OpenClipart-Vectors.
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