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¿Cuándo Procede La Exclusión Del Uso De La Vivienda?

La Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, en fecha de 15 de marzo de 2018 (ECLI:ES:TSJCAT:2018:2443), considera procedente la exclusión de la atribución del uso del domicilio, atendiendo a que, por un lado, se garantiza la prestación de alimentos para los hijos atendiendo al patrimonio del progenitor no custodio, y se presta además una garantía para cubrir las necesidades de alquiler de vivienda a la ex pareja hasta que el menor de los tres hijos llegue a la mayoría de edad.

Asimismo, la citada resolución argumenta que con esta solución se devuelve el inmueble a su titular dominical, quedando liberado el mismo con los beneficiosos efectos que ello conlleva atendiendo a que el padre, que se queda con el uso del inmueble, podrá prestar con mayor margen de previsión los alimentos para los menores y, al mismo tiempo, la madre no deberá afrontar abundantes gastos del domicilio familiar que podrían resultar excesivamente costosos y no proporcionados conforme al estatus de las nuevas unidades familiares formadas.

Imagen: pixelcreatures.

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La Exclusión Del Uso Atribuido Antes De 2010.

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