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Cuidado Con Los Pactos Sobre El Uso De La Vivienda.

Captura de pantalla 2016-08-25 a las 14.34.48Las partes son libres de pactar lo que consideren oportuno en relación al uso de la vivienda familiar, siendo ello posteriormente difícilmente modificable.

La Sentencia dictada por la Sección 12ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, en fecha de 18 de octubre de 2013, se refiere a un supuesto en el que los cónyuges acordaron atribuir el uso de la vivienda a la esposa, disponiendo que ese derecho se extinguiría en el caso de que la misma pasase a residir en otro domicilio, «procediéndose en ese momento a la venta del citado inmueble y repartiendo el sobrante por mitades entre ambos».

El Tribunal concluye que las partes pactaron un uso indefinido, dado que acordaron la división futura del inmueble en el supuesto que la esposa abandonara el mismo, y no accede a la petición del marido mediante procedimiento de modificación de medidas de limitar el uso hasta la división de la cosa común, pues claramente se pactó la duración indefinida del mismo y que su extinción, con la consiguiente división de la cosa común, sólo se produciría si la señora abandonaba la vivienda.

 

Photo Credit: Olga Berrios.

 

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