Abogado de Barcelona experto en Derecho de Familia y Sucesiones
Blog

Donaciones Imputables A La Legítima.

Conforme establece el artículo 451 – 8 del Codi Civil de Catalunya, son imputables a la legítima las donaciones entre vivos otorgadas por el fallecido con pacto expreso de imputación o hechas en pago o a cuenta de la legítima.

El carácter imputable de la donación debe hacerse constar expresamente en el momento en que se otorga, y no puede imponerse con posterioridad por actos entre vivos ni por causa de muerte.

Imagen: geralt.

Artículos relacionados:

· La Imputabilidad De La Donación A La Legítima Debe Constar Expresamente.
· 4 Claves De La Imputación De Donaciones y Atribuciones Particulares.
· Lo Básico Sobre La Legítima En Catalunya.
· Computación, Imputación Legitimaria y Colación.
· En Catalunya, ¿Es Mejor Donar o Heredar?

Si no te quieres perder los próximos artículos, ¡suscríbete!

Si quieres que te ayude, no dudes en contactar conmigo

Puedes hablar conmigo de forma presencial, por videoconferencia o teléfono.

Copyright ©2024, Oscar Cano