El objeto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) lo constituye la renta del contribuyente, entendido como la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales, así como las imputaciones de renta establecidas por ley, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.
Es importante esa indiferencia de donde se hubieran producido y de quien sea el pagador, pues realmente lo que interesa conocer es la residencia del contribuyente.
Renta no gravada.
No toda la renta está gravada.
La parte de la renta destinada a cubrir las necesidades vitales del contribuyente y de las personas que de él dependen, que se concreta en el mínimo personal y familiar, se tiene en cuenta en el momento del cálculo del impuesto, gravándose técnicamente a tipo cero.
Con ello se consigue que los contribuyentes con iguales circunstancias personales y familiares logren el mismo ahorro fiscal, cualquiera que sea su nivel de renta.
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