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¿Es Ganancial La Indemnización Por Despido?

La indemnización cobrada en virtud del despido en la empresa donde trabajaba un esposo debe ser considerada ganancial porque tiene su causa en un contrato de trabajo desarrollado a lo largo de la vida del matrimonio, pero solo por los años trabajados durante la vigencia del régimen de gananciales.

En consecuencia, no tienen carácter ganancial las cantidades correspondientes a los años en que no existía la sociedad de gananciales.

La Sentencia dictada por el Tribunal Supremo en fecha de 3 de julio de 2019 (ECLI:ES:TS:2019:2252), hace referencia a un marido que causó alta en la empresa en septiembre de 2002, contrajo matrimonio en octubre de 2010, siendo la sentencia de divorcio de octubre de 2013 .

El matrimonio estuvo regido siempre por el régimen de gananciales. La indemnización por despido se devengó antes de la disolución del matrimonio y se cobró en septiembre de 2011, procediendo sólo incluir dentro del activo del inventario de la sociedad de gananciales la parte correspondiente a los años trabajados durante la vigencia de la sociedad de gananciales, debiéndose ello fijar en ejecución de sentencia.

indemnización por despido en gananciales

Imagen: angelolucas.

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