Abogado de Barcelona experto en Derecho de Familia y Sucesiones
Blog

Extinción De La Pensión Compensatoria. El Peligro De Acomodarse.

La pensión compensatoria podrá reducirse o extinguirse en el caso de que el pagador vea empeoradas sus posibilidades económicas, o si quien la cobra mejora su situación.

La Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, en fecha de 28 de julio de 2014, recoge un supuesto en el que se desestiman los recursos interpuestos contra la resolución que extinguió una pensión compensatoria a favor de una mujer de 72 años, atendiendo a la reducción de las posibilidades económicas del obligado al pago una vez llegó a la jubilación. El importe de la pensión compensatoria rondaba los 1.200 euros, y al ex marido le quedó una pensión al jubilarse de poco más de ese mismo importe, además de tener una hija de otra relación en edad escolar.

Puede resultar imprudente hacer de la pensión compensatoria el medio de vida.

Pero para dicha extinción, las diferentes instancias judiciales tuvieron también en cuenta que la perceptora de la pensión, durante los 18 años posteriores a su divorcio y fijación de la pensión, no hizo nada por cambiar su situación, o al menos no lo acreditó. No intentó nunca acceder al mercado laboral o cotizar para que, al llegar a la edad de jubilación, pudiese tener otros ingresos que no fuesen la pensión compensatoria. Las sentencias dictadas en las diferentes instancias consideraron que esa inactividad durante un periodo de 18 años sólo podía atribuirse a la propia actitud de la señora.

 

 

 

Artículos relacionados:

1. Pensión Compensatoria Indefinida. Su Reducción o Extinción.
2. Extinción De La Pensión Compensatoria. Nueva Pareja.
3. Pensión Compensatoria. Temporalidad, Desequilibrio y Extinción.
4. Extinción De La Pensión Compensatoria. Prueba de Vida En Pareja.
5. Nueva Relación y Extinción De La Pensión Compensatoria.

 

Si no te quieres perder los próximos artículos, ¡suscríbete!

Si quieres que te ayude, no dudes en contactar conmigo

Puedes hablar conmigo de forma presencial, por videoconferencia o teléfono.

Copyright ©2024, Oscar Cano