¿Utilidad De La Pericial Privada Si Interviene El EATAF?
¿Cuántas veces habremos iniciado el debate de para qué hacer una Pericial Privada si el juez va a hacer lo que diga el EATAF?
¿En cuántos foros habremos estado en los que, defensores y detractores de ambos, han intentado convencer al resto de que quizás el EATAF no profundiza en los temas o “no se mojan” como dicen algunos, o de que los Peritos Privados son unos “vendidos” y que los jueces no les hacen caso?
Como probablemente no se llegue a una respuesta consensuada sobre el tema a lo mejor es más útil cambiar la pregunta de ¿EATAF o Pericial Privada? por la pregunta de ¿para qué el EATAF y el Perito Privado?
Porque en este caso creo que podemos responder:
El EATAF es un equipo multidisciplinar (no sólo son psicólogos), y como su nombre indica, “asesora” al juez aportando al procedimiento judicial un dictamen psicosocial, psicológico y/o social para que lo tenga en cuenta (no es vinculante) a la hora de adoptar unas medidas judiciales.
Como equipo que pertenece al Departamento de Justicia dispone de su propia Guía de intervención técnica en menores (Abril 2011).
Y en el caso del Informe Pericial Privado como también su nombre indica, es un medio de prueba por el que un profesional experto en la materia, en este caso psicología forense, aporta sus conocimientos al juez para que pueda valorar mejor los hechos y dictar sentencia.
Como psicólogo/a colegiado/a dispone de diversos protocolos para desarrollar su tarea profesional, siendo la última publicada por el COPC, la Guía de buenas prácticas para la evaluación psicológica forense (2014).
Aunque cada uno de ellos utiliza diferentes protocolos ambos deben regirse por los principios éticos básicos y el mejor interés del menor, aspectos obvios pero importantes a tener en cuenta para valorar su utilidad.
Con todo ello, a simple vista parecen tener una función similar, es decir, dar respuestas. Entendemos entonces que la clave estará en las preguntas que se les hace ¿no?
Busquemos pues las preguntas correctas a hacer al Perito Privado para que nos sirvan de ayuda, teniendo en cuenta que:
1. La utilidad del Perito Privado dependerá de su profesionalidad y objetividad porque ésta, a la larga, no pasa desapercibida al juzgador.
2. Según los protocolos mencionados, el Perito Privado acostumbra a ver a los menores implicados en los procedimientos judiciales y el EATAF lo hará según el caso, y esto diferencia su trabajo.
3. No todos los informes del EATAF están hechos por psicólogos y no en todos utilizan pruebas psicométricas o tests como instrumentos de evaluación, aspectos a tener en cuenta al valorar a ambos.
4. En algunos casos la utilidad del informe Pericial Privado no será en la 1ª Instancia sino en la Audiencia.
5. No todas las preguntas tienen las respuestas deseadas y si después de mucho buscar se encuentra un Perito Privado que responde como se espera, valorar la visión que el juez tendrá de ello.
6. Puede ser que un Perito Privado no haya podido incluir en su informe a la otra parte pero eso no significa que sea un informe subjetivo y parcial, quizás puede ser visto como incompleto pero eso no tiene porque restarle valor y credibilidad, sino, por esta regla de tres, ¿un informe del EATAF sin ver a los menores también se debería entender como subjetivo y parcial?
7. Un Perito Privado quizás no puede hacer un informe pericial (porque no tiene acceso a los menores implicados, porque no está en plazo, porque faltan pocos días para la vista, …) pero puede asesorar sobre otros informes que haya en el procedimiento o puede realizar un contra – informe de éstos.
En definitiva, quizás la reflexión final sería, … si el objetivo es aumentar la utilidad de la Pericial Privada ¿por qué no analizamos la diferencia entre aquellas que dan signos de rigor y objetividad frente a las que no los dan para quedarnos con aquellas que el juez valorará como útiles?
Dediquémonos entonces a valorar si los Peritos Privados siguen los protocolos adecuados y si son éticos, objetivos e imparciales y entonces podrán resultarnos de enorme utilidad.
Doctora en psicología por la Universidad de Barcelona, Experta en Psicología forense acreditada por el COPC. Especializada en familia, infancia y adolescencia e interferencias parentales. Dirige AC5 Associats.
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