Abogado de Barcelona experto en Derecho de Familia y Sucesiones
Blog

El Juzgado Competente En El Divorcio De Mutuo Acuerdo.

El artículo 769.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, establece que en los casos de divorcio de mutuo acuerdo será competente el Juzgado del último domicilio común o el del domicilio de cualquiera de los solicitantes.

El Auto dictado por el Tribunal Supremo en fecha de 7 de octubre de 2015, resuelve un supuesto en el que la demandante opta por interponer la demanda en el último domicilio del matrimonio (Alcalá de Henares), a pesar de que ambos constaban empadronados en ese momento en una localidad perteneciente a un partido judicial distinto, considerándose suficiente que tanto en la demanda como en el Convenio Regulador se reitera que aquél fue el último domicilio común.

Photo Credit: Olga Berrios.

Artículos relacionados:

· Las Modificaciones De Medidas, Ante El Juzgado Que Resolvió Primero.
· Divorcio Internacional. La Competencia Cuando Se Presentan Demandas Ante Tribunales De Distintos Países.
· La Competencia De Los Juzgados Españoles Cuando Hay Menores.
· Divorcios Con Elemento Internacional y Competencia De Los Juzgados y Tribunales Españoles.
· El Reglamento (CE) 4/2009 Relativo A Las Obligaciones De Alimentos.
· El Derecho De Visitas, Directamente Ejecutable (Título Judicial Europeo).

Si no te quieres perder los próximos artículos, ¡suscríbete!

Si quieres que te ayude, no dudes en contactar conmigo

Puedes hablar conmigo de forma presencial, por videoconferencia o teléfono.

Copyright ©2024, Oscar Cano