Si se hace la declaración de la renta de forma conjunta se disfruta de una reducción adicional. Pero esa reducción sólo sale a cuenta si únicamente un miembro de la unidad familiar tiene ingresos o si uno de los dos los tiene muy bajos.
Pero para tributar conjuntamente deberá formarse parte de alguna de las siguientes modalidades de unidad familiar:
a) La formada por los cónyuges (no separados legalmente) y los hijos menores de 18 años que convivan con la familia (para los incapacitados no hay límite de edad), pudiendo aplicar una reducción de hasta 3.400 euros.
b) En los casos de separación legal, o de convivencia sin estar casados, la formada por el padre o la madre con sus respectivos hijos menores de edad, pudiendo reducirse de la base 2.150 euros.
En relación a la unidad familiar hay que tener en cuenta algunas normas:
· Nadie puede pertenecer a dos unidades familiares a la vez. Si una pareja separada tiene un hijo menor en común, sólo el progenitor que conviva con él podrá crear la unidad familiar.
· Los miembros de la unidad familiar pueden presentar una declaración conjunta, pero deben incluir en ella los ingresos y ganancias de todos los miembros de esa unidad familiar.
· Para presentar la declaración conjunta, todos los miembros de la unidad familiar deben estar de acuerdo y firmar la declaración todos ellos.
· Las parejas de hecho no podrán presentar la declaración conjunta dado que no están casados. Si tienen hijos, puede presentar una declaración conjunta uno de los progenitores con los hijos comunes menores de edad. El otro miembro de la pareja tendrá que presentar la declaración individualmente.
· La fecha clave es el 31 de diciembre, y dentro del año en el que se haya contraído matrimonio se podrá escoger entre hacer la declaración conjunta o separada. Al final del año se podrán presentar dos declaraciones separadas, o una declaración conjunta de ambos incluyendo todos los ingresos del año.
Si por el contrario un matrimonio se separa a final de año, los excónyuges ya no formarán una unidad familiar, por lo que no podrán presentar su declaración conjuntamente sino que tendrán que hacerlo por separado, o uno de ellos formar una unidad familiar con sus hijos menores (aquel que tenga la guarda y custodia de los hijos).
· Los miembros de la unidad familiar que presenten la declaración conjunta son responsables solidariamente frente a hacienda de la deuda tributaria.
Este punto es importante, porque el miembro de la pareja que no trabaje o tenga pocos ingresos pero tenga propiedades a su nombre, podría llegar a ver embargadas esas propiedades en el caso de que el otro, por cualquier circunstancia, no pudiese pagar la declaración de la renta cuando llegue el plazo.
· La declaración conjunta con los hijos sólo puede realizarse hasta los 18 años. A partir de los 18 tendrán que presentarla ellos solos.
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