La Sentencia dictada en fecha de 4 de octubre de 2018, por la Sección 12ª de la Audiencia Provincial de Barcelona (ECLI:ES:APB:2018:9739), ratificó lo resuelto en primera instancia respecto a la extinción de la pensión alimenticia de la hija común mayor de edad (24 años) de los litigantes, que desde el mes de octubre de 2.016 se encontraba trabajando por cuenta ajena, obteniendo unos ingresos mensuales superiores a los 900,00 euros.
El Tribunal consideró más que suficiente lo anterior para estimar la pretensión del padre de extinguir la obligación del pago de la pensión de alimentos, sin tener en consideración que trabajase con contratos temporales ni su intención de seguir estudiando.
La citada resolución añadió que desde el año 2.014 la hija había venido realizando trabajos por cuenta ajena y que el último contrato lo firmó en el mes de octubre de 2.016, por lo que de forma necesaria debía concluirse su incorporación al mundo laboral, «y en cuanto a su deseo admirable de seguir estudiando», señaló el Tribunal que podría compatibilizarlo con su actividad laboral, o acudir a sus padres con la finalidad de programar lo que considerase adecuado para ello, sin que de ningún modo impidiese apreciar la evidencia de esa incorporación al mundo laboral.
Se tuvo también en cuenta que hacía años que había dejado los estudios, trabajando con distintos contratos temporales y manteniendo al dictarse la sentencia un contrato firmado en octubre de 2.016.
La extinción de la pensión alimenticia respecto a los hijos mayores de edad es un tema controvertido. No hay dos supuestos iguales y pueden influir diferentes aspectos. En el supuesto analizado, el padre obligado al pago de la pensión logró extinguir su obligación atendiendo a las circunstancioas expuestas. No obstante, cada caso es distinto. No es lo mismo un trabajo con contrato a tiempo parcial que completo, y también incide el importe de los ingresos que reporte ese empleo, si se han dejado los estudios durante mucho tiempo o si siempre se ha ido estudiando, etc…
Si quieres, mediante el programa Diagnóstico Sentencia, entre los días 1 y 10 de febrero, puedo valorar si, analizando tu situación actual, cabe la posibilidad de extinguir la pensión alimenticia de tus hijos mayores de edad, o cualquier otro tipo actuación que pueda llevarse a cabo. Todo por un precio de 60 euros.
El principal objetivo de Diagnóstico Sentencia será valorar si realmente merece la pena efectuar algún tipo de actuación judicial como iniciar un procedimiento de modificación de medidas o de ejecución de sentencia. Este análisis y diagnóstico será por vía telefónica y mediante correo electrónico.
Para ello sólo será necesario que los interesados me envíen un correo electrónico a [email protected] , con un número de teléfono de contacto, y poniendo en el asunto: Diagnóstico Sentencia. Yo mismo contactaré contigo de forma directa.
Te despejaré todas las dudas respecto a si sería posible hacer un cambio en las medidas que actualmente regulan tu situación, o la forma en la que debes actuar ante los posibles incumplimientos que se estén produciendo.
Plazas limitadas.
Imagen: Adobe Stock.
Artículos relacionados:
· La Particularidad De Los Alimentos Para Los Mayores De Edad.
· Alimentos De Los Mayores De Edad. Necesidades Básicas De Sustento.
· Pensión De Alimentos. Los Mayores De Edad y La Profesión Elegida.
· Alimentos Mayores De Edad. El Final De La Formación.
· Los Alimentos De Los Hijos Mayores De Edad.
· 3 Ideas Claras Sobre Las Pensiones De Los Mayores De Edad y Su Extinción.
· La Pensión De Alimentos Para Mayores De Edad y Su Extinción.
· Mayores De Edad. Extinción De Pensión De Alimentos Por Falta De Relación.