Abogado de Barcelona experto en Derecho de Familia y Sucesiones
Blog

La Legítima De Padres y Abuelos Según El Código Civil.

Legítima de padres y abuelos según el Código Civil

 

Cuando una persona fallece sin hijos, la legítima se regula, según lo establecido en el Código Civil, otorgando derechos sucesorios a los ascendientes (padres y abuelos).

En este artículo te explico cómo se distribuye la herencia a falta de descendientes, considerando la posible existencia o no de un cónyuge viudo y aportando ejemplos prácticos para facilitar su comprensión.

¿Qué pasa si al  fallecer una persona no tiene hijos?

En este caso, y por lo que respecta al derecho común (Código Civil), la legítima quedará del siguiente modo:

a) Si no hay cónyuge viudo, corresponderá a los ascendientes como legítima la mitad (1/2) de la herencia. 

b) Si hay cónyuge viudo, corresponderá a los ascendientes como legítima un tercio (1/3) de la herencia. 

 

¿Quieres que te ayude?

Ya sea mediante vía telefónica, videollamada o de forma presencial, haremos una primera aproximación a tu caso concreto, con el fin de orientarte adecuadamente y actuar de la forma más favorable a tus intereses.

Contacta conmigo

 

¿Cómo se repartirá?

La parte de la legítima se repartirá por mitad entre los padres del difunto, de forma que si sólo vive uno de ellos  se quedará con toda la legítima.

En el caso de que no haya padres pero sí abuelos de padre y madre, se repartirán la legítima por mitades unos y otros, y en el supuesto de que sólo hubiese un abuelo de los cuatro, sería el que se llevaría la legítima entera.

Ejemplos.

Para entenderlo mejor vamos a ver unos ejemplos.

a) Si Ignacio fallece dejando viuda a Flor, habiendo sido un matrimonio sin descendencia, y nombrando en el testamento el difunto como heredera universal a su esposa, dejando a salvo la legítima a quien correspondiese, nos encontraríamos que a la herencia de Ignacio concurrirían los ascendientes (los padres de Ignacio) junto a la viuda, teniendo los primeros derecho a un tercio (1/3) de la herencia. 

En este caso el reparto de la herencia quedaría como sigue:

· 33,3 % para los padres de Ignacio.  

· Resto de la herencia para la viuda de Ignacio, Flor. 

b) Si en el mismo supuesto que el anterior no hubiese existido cónyuge del difunto pero sí padres, habiendo dejado Ignacio como heredero a su amigo Eugenio, y al no concurrir en este caso los ascendientes con cónyuge alguno, los padres de Ignacio tendrían derecho a la mitad de la herencia, repartiéndose la misma del siguiente modo:  

· 50 % para los padres de Ignacio.  

· 50 % para el amigo del difunto Ignacio, Eugenio.

c) Si en el supuesto al que se viene haciendo referencia no hubiesen existido padres pero sí abuelos, de forma que Ignacio hubiese fallecido sin cónyuge, hijos ni  padres, pero sí con abuelos paternos y abuela materna, continuando el testamento dejando la herencia a su amigo Eugenio, el 50 % de la legítima sería para los ascendientes (en este caso los abuelos), repartiéndose del siguiente modo:

· 25 % para los abuelos paternos de Ignacio (12,5 % a cada uno de ellos). 

· 25 % para la abuela materna de Ignacio.

· 50 % para el amigo del difunto Ignacio, Eugenio.

 

Óscar Cano.

 

¿Con qué me quedo de este post?

¿Qué pasa con la legítima en el caso de no existir hijos?
La legítima en ausencia de descendientes corresponde a los ascendientes (padres y abuelos), regulándose según el Código Civil.

¿Qué ocurre si hay cónyuge viudo?
En caso de cónyuge viudo, los ascendientes tienen derecho a un tercio de la herencia como legítima.

¿Cómo se reparte la legítima entre los ascendientes?
Se divide por partes iguales entre los padres. Si solo uno sobrevive, recibe toda la legítima. Si no hay padres, la legítima se repartirá entre los abuelos.

¿Qué sucede si hay abuelos pero no padres?
Los abuelos paternos y maternos se repartirán la legítima por mitades. Si solo uno vive, recibirá la totalidad.

¿Cómo afecta el testamento a la legítima?
El testamento no puede privar a los ascendientes de su legítima, aunque el resto de la herencia pueda ser asignada a otros herederos.

 

¿Sabes lo que sucede con la legítima si el fallecido no tiene hijos?

A simple vista podemos pensar que sabemos más o menos que es la legítima y como funciona, pero puede que te quedes descolocado a la que algún elemento se salga de la «normalidad», como por ejemplo el saber que sucede con la misma si no existen hijos del causante.

Lo anterior es sólo un ejemplo de las dudas que te pueden surgir.

Como experto en la materia puedo llevarte a comprender totalmente como se reparte una legítima en cualquier supuesto, para que puedas actuar de la forma más adecuada a tus intereses y asegurando tranquilidad de todos los involucrados. Contacta conmigo.

Ya sea mediante vía telefónica, videollamada o de forma presencial, haremos una primera aproximación a tu asunto concreto con el fin de orientarte de forma adecuada para actuar del modo más favorable a tus intereses.

📞 Tlf. 93 664 10 69
📱 Móvil 630 55 48 77
✉️ Email [email protected]

 

Si no te quieres perder los próximos artículos, ¡suscríbete!

Si quieres que te ayude, no dudes en contactar conmigo

Puedes hablar conmigo de forma presencial, por videoconferencia o teléfono.

Copyright ©2024, Oscar Cano