El acceso al recurso de las sentencias dictadas en apelación ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya es muy restringido, principalmente porque este Tribunal rara vez puede entrar a valorar de nuevo la prueba. Tan sólo lo hará en los siguientes supuestos:
a) cuando se incurra en un error patente, ostensible o notorio;
b) cuando se extraigan conclusiones contrarias a la racionalidad, absurdas o que conculquen los más elementales criterios de la lógica o se adopten criterios desorbitados o irracionales; y
c) cuando se efectúen apreciaciones arbitrarias o contrarias a las reglas de la común experiencia, si bien no le será factible al recurrente, en los casos de valoración conjunta de la prueba, desarticularla para ofrecer sus propias conclusiones o deducciones, puesto que sólo en caso excepcional en que se diera una clara y hasta grosera desviación del resultado probatorio podría pensarse en vulneración del artículo 24 de la Constitución Española.
En los asuntos de Derecho de Familia se dará la posibilidad de recurrir la sentencia dictada en apelación efectuando una nueva valoración de la prueba, cuando no hayan sido determinadas las necesidades de los menores para fijar la pensión alimenticia a cargo de un progenitor.
La Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, en fecha de 28 de enero de 2016, considera que la resolución recurrida parte del establecimiento de las necesidades de los hijos en auto de medidas coetáneas dictado en julio de 2.013, efectuada por el Ministerio Fiscal en 1.800 euros (900 para cada hijo), sin detallar las concretas necesidades, y reduciéndolas a 1. 400 euros en la sentencia dictada en primera instancia (y confirmada en apelación) al pasar de tener la guarda la madre a una custodia compartida, por el incremento de estancias con el padre.
Lo anterior lleva al Tribunal a admitir el recurso extraordinario por infracción procesal, entrando a valorar de nuevo la prueba con el fin determinar las necesidades de los menores previo a fijar el importe de la pensión alimenticia a cargo del padre.
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