La Sentencia dictada por el Tribunal Supremo en fecha de 11 de diciembre de 2019 (ECLI:ES:TS:2019:3921), se ocupa de un supuesto en el que la esposa percibió una suma de dinero por la herencia de su padre, otra como indemnización por un accidente de circulación y otra como pago de un seguro de accidentes.
Ese dinero se ingresó en una cuenta conjunta de los cónyuges y se gastó en vacaciones, gastos de la pareja y de los hijos, resolviendo la cita resolución que a la señora le correspondía un derecho de crédito frente a la sociedad de gananciales por el importe de las sumas de dinero privativo que fueron ingresadas en la cuenta conjunta, de forma que se confundió con el dinero ganancial, y ello a pesar de que no se reservó el derecho de reembolso.
Imagen: TheDigitalWay.
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