En ocasiones el blog coge tan altos vuelos que uno se olvida de lo que hay en tierra.
Me lío en asuntos de cierta complejidad con tal profundidad, que por mucho que lo haga con un lenguaje plano me alejo de lo más esencial y que erróneamente a veces doy por conocido.
La primera visita de muchos clientes te pone los pies en el suelo, al percibir que no es algo que la gente tenga tan claro eso de que las decisiones respecto al menor deben ser compartidas por ambos progenitores porque los dos tienen la potestad parental con independencia del que tenga atribuida la guarda. Cuestiones como un cambio de colegio, si el menor debe o no recibir un tratamiento médico u otro o similar, deben ser consensuadas por ambos, y en su defecto decidir el juez.
Asimismo, la pensión de alimentos no se puede dejar de pagar a los 18 años de forma unilateral y automática, sino que debe continuar abonándose siempre que el hijo siga conviviendo con el otro progenitor, y hasta que entre en el mercado laboral con cierta estabilidad o esté capacitado para acceder al mismo. Es decir, una vez haya finalizado una formación con la que pueda considerarse que está capacitado para trabajar (que no necesariamente debe ser una carrera universitaria). Aquí puedes encontrar más información.
Debe desterrarse la leyenda urbana que parece ser que corre por ahí, de que la pensión de alimentos sólo hay que pagarla hasta los 18 años y que después ya la debe solicitar de forma directa el hijo al padre, o que puede uno dejar de abonarla a la madre para pagársela directamente al hijo.
A continuación dejo una batería de enlaces a artículos que podríamos llamar el «kit básico» de la ruptura. Lo que conviene saber, si o si, antes de empezar.
La Pensión De Alimentos. Colegio, Libros, Material, …
Ordenar Los Gastos Extraordinarios.
De Alimentos y Custodia Compartida.
Ojo Con Lo Que Firmo, o La Dificultad De Reducir Pensiones Alimenticias.
Poner La Demanda No Impide Llegar A Un Acuerdo.
1 De Septiembre. El Mejor Consejo
Algunas Cosas Claras Ante Un Divorcio.
Decisiones Sobre Los Menores. ¿Quién Las Toma?