A menudo se escucha que estamos en la sociedad del conocimiento. Hoy en día nuestros jóvenes se forman y se forman. Siempre se puede estar más preparado y saber más. Carreras, másters, grados, postgrados, cursos de especialización, de microespecialización, idiomas, … Pero mientras dura esa formación, ¿debe durar también la pensión alimenticia de un mayor de edad?
La clave para la extinción de la pensión de alimentos de un hijo mayor de edad está en que haya alcanzado una situación que le permita tener independencia económica y generar de forma estable ingresos propios, o que esté objetivamente en condiciones de poder alcanzarla. Es decir, no será necesario ni siquiera que de hecho la tenga sino que esté en disposición de ello. ¿Bastará un máster o un curso más?¿Dónde está el límite?
La Sentencia dictada por la Sección 12ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, en fecha de 8 de abril de 2014, extingue la pensión alimenticia a favor de un hijo de 25 años que finalizó un Grado de Administración y Finanzas en junio de 2012, a falta de 350 horas obligatorias de práctica en una empresa, resultando acreditado que en octubre del año 2009 abandonó de forma voluntaria un empleo en horario de mañanas en la Diputación de Barcelona. La actividad laboral la consiguió a través de su propio padre para el periodo de junio a septiembre, pero con opción a continuar.
La resolución citada indica que la voluntad de seguir formándose del hijo no es motivo para mantener una pensión cuando ya está suficientemente capacitado para acceder a la independencia económica.
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