En los casos en que se fallece sin descendencia alguna pero con una relación estable con otra persona del mismo sexo, cuya relación incluso era de años, sin testamento a su favor la pareja que le sobreviva no heredará nada si no puede demostrar una convivencia continuada. De no existir herederos legales, toda la herencia irá a parar a la Generalitat de Catalunya.
Pero aún existiendo testamento en un supuesto como el anterior, la cuota a pagar por impuesto de sucesiones podría alcanzar hasta el 64%, dado que esa pareja no tiene las reducciones del cónyuge al no cumplir los requisitos para considerarse pareja de hecho.
Personas sin descendencia.
Siempre es importante hacer testamento, pero más, si cabe, en los casos de personas sin descendencia alguna.
Si no hay hermanos, padres, hijos, primos, sobrinos, ni parientes cercanos, y no se hace testamento, la herencia irá a parar a la Generalitat de Catalunya, y ello sucede con más frecuencia de lo que pueda parecer.
Mediante el testamento se podrá designar a la persona o entidad que beneficiaria de la herencia. Se podrá nombrar heredero a un amigo, a una entidad benéfica, a la Iglesia, etc. etc…
El testamento es para los que tienen mucho patrimonio.
Como dice DON ALEJANDRO EBRAT PICART en su obra Herencias y Donaciones en Catalunya. Trucos Para Pagar Menos Impuestos, con una sola propiedad, por pequeña que sea, ya se puede amargar la vida a los herederos.
Una persona que tiene únicamente una pequeña casa y que vive con su cónyuge y sus cuatro hijos, si fallece sin testamento la casa deberá repartirse entre los hijos y al cónyuge le tocará el usufructo.
En esas circunstancias, el cónyuge no podrá vender la casa aunque necesite hacerlo si los hijos no quieren, y cualquiera de los hijos no obtendrá ni un euro de la herencia, salvo que reclaman judicialmente la legítima a la madre. Un caos evitable con testamento.
El testamento más normal es el que se hace ante Notario, no caduca nunca (vale de por vida), aunque se podrán hacer cambios si variasen las circunstancias personales y familiares.
Persona que fallece sin descendencia alguna perto con una relación estable con otra persona del mismo sexo, cuya relación venía de hace años y de la que el causante hubiera deseado que heredara todos sus bienes (su pareja). Pues contrariamente a lo pensado por el causante, al no existir testamento a favor de persona alguna, ni poder demostrar una convivencia continuada, ni existir herederos legales (salvo que cumpliera los requisitos para considerarse pareja de hecho), toda la herencia irá a parar a la Generalitat de Catalunya.
Pero aún siguiendo el caso anterior, de existir testamento a favor de esta persona, la cuota a pagar por impuesto de sucesiones podría alcanzar nada menos que el 64% ya que no tiene las reducciones del cónyuge al no poder cumplir los requisitos para considerarse pareja de hecho.
No cabe duda que de la importancia de hacer testamento, pero aún más importante es hacerlo, si cabe, en el supuesto de las personas sin descendencia alguna. Si se está en este caso, es decir que no hay hermanos, padres, hijos, primos sobrinos, ni parientes cercanos, se debe hacer testamento con toda urgencia, ya que sino se hace la herencia irá a parar a la Generalitat de Catalunya, y auqnue parezca mentira, este tipo de herencias son más de las que se puede imaginar. Mediante el testamento se podrá designar a la persona o entidad que será la beneficiaria de la herencia. Se podrá nombrar heredero a un amigo, a una entidad benéfica, a la Iglesia, etc. etc…
Con una sola propiedad, por pequeña que sea, ya se puede amargar la vida a los herederos.
Una persona que tiene únicamente una pequeña casa y que vive con su cónyuge y sus cuatro hijos. Si fallece sin dejar testamento tendrán que repartir la casa entre los hijos y al cónyuge le tocará el usufructo de la casa. Esta situación muy normal, es de las conflictivas dentro del proceso sucesorio. El cónyuge no puede vender la casa ante casos de necesidad (si los hijos no quieren) y cualquiera de los hijos no obtendrá ni un euro de la herencia, salvo que reclaman judicialmente la legítima a la madre. Realmente un caos, pero evitable a través del testamento.
Con un testamento bien hecho que se adapte a las exigencias de uno mismo ya no hará falta cambiarlo, salvo, como he dicho antes, que cambiaran las circunstancias personales y familiares. El testamento más normal (el que se hace delante del Notario) no caduca nunca, es decir que si se hace un testamento, éste tendrá validez de por vida.
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