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Masa Hereditaria y Régimen De Gananciales.

Al inventariar la masa hereditaria habrá que tener muy en cuenta el régimen económico matrimonial del fallecido, dado que en función de ello la propiedad será distinta.

Así como respecto al régimen de separación de bienes al inventariar la masa hereditaria cada cónyuge es propietario de lo suyo y, por lo tanto, sólo se incluirán los bienes del cónyuge fallecido, si el régimen es de gananciales, antes de inventariar se deberá disolver y liquidar la sociedad conyugal.

En estos casos, probablemente la mitad de todos los bienes será para cada cónyuge, y cada uno mantendrá la propiedad de sus bienes privativos de antes del matrimonio.

Es decir, deberá llevarse a la masa hereditaria (y por tanto sólo entrará en la herencia) la mitad de los bienes gananciales (los que se hayan generado durante el matrimonio), y los bienes privativos que el cónyuge fallecido poseía antes del matrimonio.

Imagen: mohamed_hassan.

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