La Sentencia dictada por la Sección 18ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, en fecha de 4 de junio de 2014 (ECLI:ES:APB:2014:5753), no extinguió la pensión de alimentos a favor de un hijo mayor de edad, atendiendo a que, habiendo acabado sus estudios de ingeniería, se había matriculado en un máster, debiéndose considerar por lo tanto que continuaba su formación.
Se acreditó también que el chico realizaba trabajos, aportando nóminas de las que se derivaba la obtención de unos 197 euros al mes, que el Tribunal no consideró suficientes para acordar la extinción de la pensión, al no poder afirmarse que tuviese medios propios de vida, aunque si la redujo sensiblemente dejándola en 200 euros. Lástima que la sentencia no nos diga el importe exacto de la reducción.
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