Si al hacer testamento nombramos heredero nuestro cónyuge, haremos bien en diseñar la herencia para el caso de que el mismo fallezca antes, de forma que ese testamento nos sirva ya para cualquier supuesto, evitando los problemas que conlleva una herencia no repartida.
Lo ideal sería, por ejemplo, nombrar heredera a la esposa, pero estableciendo, para el supuesto de que la misma falleciese, el reparto de toda la herencia entre los hijos mediante asignación concreta de bienes, para evitar luego el problema de reparto entre ellos.
La fórmula testamentaría podría ser:
“Nombro heredera universal de todos mis bienes presentes y futuros a mi esposa María. Para el supuesto de que no pudiere (que hubiere muerto) o que no quisiere heredar, deseo que mi herencia se rija de la siguiente forma:
· Dejo a mi hijo Manuel la casa sita en….
· Dejo a mi hija Carmen el piso de…
· Y en el resto de bienes nombro herederos universales por iguales partes a mis dos hijos Mauel y Carmen…”.
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