Necesidades de los hijos, posibilidades económicas de los progenitores, proporcionalidad, obligación mancomunada, que no sólo cuentan los sueldos o ingresos sino también los ahorros y el patrimonio, que se tiene cuenta el uso de vivienda ….
Los abogados solemos mencionar todo lo anterior cuando se nos pregunta a cuanto puede ascender una pensión alimenticia. No podemos concretar más, dado que no existen referencias claras y cien por cien objetivas.
No obstante, compruebo el éxito que tienen artículos que plasman casos concretos y aquí dejo uno más.
La Sentencia dictada por la Sección 18ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, en fecha de 6 de octubre de 2016, considera adecuados los 225 euros por hijo fijados a cargo de un padre que percibía unos ingresos de 1.848 euros mensuales más dos pagas extras de 1.650 euros, suponiendo ello unos 2.100 euros mensuales, mientras la madre percibía nóminas de 1.200 euros por 15 pagas, más 600 euros que cobraba del alquiler de un piso del que adquirió la propiedad por herencia, llevando ello a un total de unos 2100 euros al mes. El padre vivía de alquiler con una renta de 620 euros que compartía con su nueva pareja, por lo que el Tribunal le repercute 310 euros por ese concepto.
La citada resolución tiene en cuenta que los recibos escolares de los dos hijos ascendían a unos 400 euros mensuales, más todos los gastos de alimentación vestido, calzado, transportes, ocio, etc…
Photo Credit: Luiz-Jorge-Artista.
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