La Sentencia dictada por la Sección 12ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, en fecha de 27 de marzo de 2014 (ECLI:ES:APB:2014:2637), aumenta una pensión compensatoria fijada en primera instancia en 300 euros durante tres años a 600 euros durante cinco años, al tener en cuenta los 15 años de convivencia de la pareja, la poca experiencia profesional de la beneficiaria licenciada en derecho, y la dificultad para obtener ingresos propios en un momento difícil.
El Tribunal valora que la ruptura supone a la mujer, de 40 años, un descenso notorio del nivel de vida que tenía constante el matrimonio y respecto al que iba a tener el ex esposo, atendiendo a que percibía 6.500 euros mensuales y a pesar de que se estableció a su cargo como pensión alimenticia a favor del hijo común un importe de 1.500 euros.
La resolución citada recoge que no constaban los ingresos del trabajo de la beneficiaria, que tenía un fondo de inversión de 15.000 euros y que ambos eran propietarios de un piso por cuyo alquiler percibía cada uno 354 euros mensuales netos, así como copropietarios del domicilio familiar cuyo uso tenía atribuido a la mujer con una cuota hipotecaria de 357 euros mensuales a cargo de cada uno, siendo los gastos de usuaria de unos 225 euros mensuales (IBI, comunidad, etc.). El obligado al pago de la pensión abonaba un alquiler de 908 euros al mes, más 150 por el aparcamiento.
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