¿Puede un progenitor reclamar una pensión a favor de un hijo mayor de edad si no convive con él porque estudia fuera?
La convivencia del hijo mayor de edad con el progenitor que cobra la pensión de alimentos es básica para que persista la obligación del pagador. Pero la interpretación del término convivencia debe ser en un sentido amplio, entendiendo que existe cuando un hijo mayor está a cargo económicamente de sus progenitores, aunque no conviva diariamente con ellos. Es muy común que por razón de sus estudios, se trasladen a vivir a otra localidad, sin que por ello se produzca la desaparición del criterio de la convivencia, persistiendo por lo tanto el derecho a reclamar la pensión alimenticia por parte de un progenitor a otro (Sentencia dictada por la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Girona, en fecha de 21 de marzo de 2006).
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