Desde hace años es un clamor la solicitud de creación de una jurisdicción especializada en derecho de familia.
Asociaciones como SCAF (Societat Catalana d’Advocats de Família), AEAFA y muchas otras, llevan años haciendo fuerza, llevando la solicitud a cada nuevo Ministro/a y a todas las instituciones y marcos donde se puede empujar en esa dirección.
No obstante, y a pesar de las buenas palabras y el reconocimiento de que es una necesidad, creo que me retiraré de la profesión sin ver esa petición unánime hecha realidad.
Lo anterior se traduce, entre otras cosas, en una gran inseguridad jurídica. Yo ya no sé cuando me van a dar o no una custodia compartida. Por los mismos motivos te la pueden admitir o denegar.
También te puedes encontrar que un padre con 1.500 euros de sueldo pague 300 de pensión alimenticia, mientras uno que gana 6.000 euros mensuales pague 500 ó 600. Es difícil de explicar, y sobre todo dar al cliente un asesoramiento mínimamente atinado.
Luego las Audiencias Provinciales te lo suelen arreglar. Ahí si hay especialización. Pero eso puede llegar a los 2 ó 3 años. A veces los menores incluso han empezado a afeitarse.
Los abogados de derecho de familia.
Si sería ideal tener una jurisdicción especializada en temas de derecho de familia, que podemos decir de los abogados.
Además, y contrariamente a la administración de justicia, lo de buscar un abogado especializado en derecho de familia no es algo utópico o que no se pueda lograr.
Simplemente se debe tomar consciencia de ello, y ahí los abogados hemos de ser proactivos, y dejar de quejarnos de lo que hacen o no los clientes. Somos nosotros los que debemos hacer pedagogía en ese sentido, para que los ciudadanos entiendan la importancia de buscarnos. Ellos no tienen por que averiguarlo.
Y es que hoy en día el derecho es muy complejo. Ningún abogado puede saber de todo.
Y aunque cualquier letrado pueda llevar un divorcio, una modificación de medidas o una liquidación patrimonial derivada de la ruptura, no es lo más recomendable.
La amplitud y dificultad de la materia no hacen aconsejable que dejes tu ruptura en manos de tu gestor.
El derecho de familia es una materia que requiere especialización, como pasa hoy con todas las demás ramas del derecho, sobre todo en sociedades globalizadas como la nuestra, donde cada vez aparecen más a menudo elementos de internacionalidad que contribuyen a complicar el panorama.
El derecho de familia es una materia coral donde se mezclan asuntos patrimoniales, sucesorios, económicos, mercantiles, así como de conflictividad y violencia doméstica o de género, protección de menores, sin poder descuidarse la especial afectación tributaria que muchas veces se deriva de determinadas decisiones.
Una mala decisión puede costar muy cara.
Además, la posibilidad de llegar a acuerdos se diluye cuando no se conoce bien lo que es cada cosa y cómo deciden los tribunales.
He visto como litigantes encallados más de dos años, y habiendo incluso ido a mediación, al recibir por un abogado especialista en derecho de familia la información adecuada y real de lo que conforme a la ley y la jurisprudencia se acostumbra a resolver en casos parecidos al suyo, se han dado cuenta de que lo mejor era cerrar el tema con un acuerdo, dejando de lado expectativas que sólo eran fuegos artificiales, y que se sostenían en un deficiente asesoramiento.
De esta forma han ahorrado no sólo dinero, si no años sufriendo la lentitud de la justicia.
Un profesional especializado en derecho de familia te despejará todas las sombras, dudas, y falsas expectativas que te puedan haber creado.
La información es poder.
Ideas anquilosadas en el pasado como que un cónyuge entre al despacho diciendo al abogado que le va a llevar su divorcio: “quiero ponérselo difícil” , no tienen sentido hoy en día.
Si uno se quiere divorciar puede hacerlo en el momento que lo desee, sin que nadie se lo pueda impedir.
Existen las pensiones compensatorias, pero con una vocación de temporalidad. Es decir, con fecha de caducidad.
Por mucha diferencia de preparación, profesión o en cuanto a ingresos económicos exista entre los cónyuges, ningún juez eternizará una prestación de ese tipo, salvo casos muy excepcionales. Cada uno debe buscar su autonomía económica y vital.
Las pensiones alimenticias son para los hijos, y se fijan en base a las necesidades de los mismos.
Deberá ponerse el foco en que esas necesidades queden lo suficientemente cubiertas, más allá de si el obligado podría pagar muchísimo más.
Es decir, conviene que tengas claro, en la medida de lo posible, a lo que tienes derecho y a lo que no. Lo que te podría corresponder y lo que no. Lo que en un juzgado te concederían y a lo que de ninguna forma tendrías opción, para a partir de ahí empezar a ceder, transigir o pactar.
Lo pactado en un divorcio de mutuo acuerdo, ya es muy difícil de cambiar.
Deberá existir un cambio de circunstancias, sin servir aquello de que “mi abogado me asesoró mal”.
Puede que una vez tengas tu sentencia, te des cuenta de que los libros son gastos ordinarios y se incluyen en la pensión, o que el progenitor que tiene la guarda no por ello tiene mayor capacidad para decidir cambios de colegio y temas médicos respecto al otro progenitor (hay quien lo piensa), aunque sólo esté con el niño dos fines de semana al mes.
He visto cosas aberrantes, como convenios reguladores que mezclaban pensión compensatoria con compensación económica por razón de trabajo, con los desastrosos efectos fiscales que algo semejante puede acarrear.
Teniendo claros los conceptos, lo que dispone la legislación y los criterios que acostumbran a utilizar Juzgados y Tribunales, podrás actuar con la libertad de pactar lo que quieras bajo tu responsabilidad, pero desde el conocimiento.
Debes saber qué es lo que estás firmando y, a partir de ahí, hasta puedes ser generoso, pero a sabiendas.
Para todo lo anterior, busca un especialista en Derecho de Familia.
Yo estoy en Barcelona, aunque puedo actuar en cualquier otro lugar.
Óscar Cano.