Aunque los préstamos entre particulares se basan en la confianza, lo mejor es dejar constancia de ello a través de un contrato, dado que nos puede evitar problemas como los siguientes:
a) En el caso de no existir contrato, la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas permite que Hacienda, en un préstamo entre particulares, pueda suponer que existirá una retribución, obligando al prestamista a declarar en el IRPF los intereses, existan o no relamente.
En estos casos se aplicará el tipo de interés legal del dinero (actualmente en el 3%), evitando la existencia de un contrato entre ambas partes que Hacienda no pueda aplicar ese interés si se deja claro que el préstamo no genera intereses, evitando que el prestamista tenga que tributar por los mismos.
b) Otro problema con el que nos podemos encontrar es que si no existe el contrato de préstamo Hacienda pueda considerar que no se trate de un préstamo entre particulares, si no de una donación encubierta con el objetivo de no pagar intereses.
Cualquier donación está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, mientras que los préstamos están sujetos al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales., aunque con el contrato para préstamos entre particulares (Modelo 600) estarán exentos.
Fallecimiento de prestamista o prestatario.
Al tratarse de operaciones a largo tiempo, puede ocurrir que prestatario y/o prestamista fallezcan, siendo ya conocido que las deudas no se extinguen por fallecimiento y pasan a los herederos, de forma que:
· Si fallece el prestatario, la deuda se incorporará a la herencia y serán sus herederos quienes la paguen.
· Si fallece el prestamista, la deuda será un derecho en la herencia y uno o varios herederos serán los que tengan derecho a recibir el dinero.
Si se trata de un préstamo entre familiares, el hijo que recibió el dinero se convertirá en deudor y heredero, quedando así la deuda se extinguirá, salvo que haya más herederos y quieran la parte del dinero que les pertenece.
Si se trata de un préstamo entre familiares, el hijo que recibió el dinero se convertirá en deudor y heredero y por lo tanto la deuda se extinguirá, salvo que haya más herederos y quieran la parte del dinero que les pertenezca.
Contrato de préstamo entre particulares.
El contrato de préstamo entre particulares sirve para formalizar el acuerdo entre ambas partes, y tendrá que registrarse en Hacienda para hacerse efectivo. En función de si el préstamo entre particulares vaya o no a tener intereses, el modelo del contrato será uno u otro.
Los aspectos más importantes que ha de recoger el contrato para un préstamo entre particulares es:
· Fecha y lugar,
· Datos personales del prestatario y prestamista.
· Importe a prestar.
· Duración del préstamo.
· Si se aplicarán o no intereses y el tipo.
Fuente del Post: Préstamos entre particulares: ¿con o sin contrato?
Óscar Cano.
Mejor hacer contrato
Como te cuento en el post, si no quieres tener problemas es mejor que formalizes este tipo de préstamo con un contrato por escrito y elevado a público.
Si tienes dudas o no sabes cómo hacerlo, contacta conmigo y te ayudaré.
Ya sea mediante una reunión presencial o telemática vía Zoom, Google Meet, FaceTime o teléfono (como tú prefieras), te explicaré todo lo que no tengas claro, e incluso te podré redactar el contrato.
Envíame un mail o llámame.
Tlf. 93 664 10 69
Móvil 630 55 48 77
¿Quieres que sea tu abogado?
Si quieres que te asista como abogado en cualquier procedimiento judicial (divorcio, modificación de medidas, ejecución de sentencia, división de la cosa común, liquidación de gananciales, herencias, …), sólo tienes que contactar conmigo para analizar el asunto y diseñar la mejor estrategia.
Imagen: janeb13.
Artículos relacionados:
· Entregas De Dinero Entre Particulares. ¿Préstamo o Donación?
· El Traspaso De Dinero A Una Cuenta Conjunta. Ni Préstamo Ni Donación.
· La Conveniencia De Formalizar En Escritura Pública Los Traspasos De Dinero Significativos.
· El IRPF Para Los Donantes o Prestamistas De Dinero.
· Reglas De Tributación Si Me Dan o Prestan Dinero.