El préstamo entre particulares está sujeto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, al no ser el acreedor un sujeto pasivo de IVA en el ejercicio de su actividad.
No obstante, la ley que lo regula establece que los mismos estarán exentos de tributación, siendo de obligado cumplimiento presentar el Modelo 600.
¿Qué hay que hacer para estar exento?
Para estar exento de tributar el préstamo entre particulares será obligatorio presentar la declaración del ITP a la Consejería de Hacienda de la comunidad autónoma que corresponda.
Dentro del apartado de Autoliquidación, marcar la casilla (21) «EXENTO», y en Fundamento del beneficio fiscal o no sujeción (22): «Préstamo exento según el artículo 45.1.B 15 del RDL 1/93»
Artículos relacionados:
· Reglas De Tributación Si Me Dan o Prestan Dinero.
· El IRPF Para Los Donantes o Prestamistas De Dinero.
· ¿Dónde Se Pagan Los Impuestos? La Diferencia Entre Herencia y Donación.
· La Conveniencia De Formalizar En Escritura Pública Los Traspasos De Dinero Significativos.