Tanto en mi ejercicio como abogado como cuando escribo en este Blog lo que pretendo es ser útil. Servir. Equipar. Informar. Lograr que se sepan y se conozcan cosas sobre el Derecho de Familia que puedan ayudar. Cuanto más conocimiento haya mucho mejor.
Si para un Tribunal llevarse a un menor a vivir a otro sitio sin el consentimiento del otro progenitor no es motivo para retirarle la guarda y custodia, porque prevalecen otros intereses del niño por encima de castigar o premiar conductas de los padres y las madres, no es una cuestión de que me parezca a mi bien o mal, sino que es un criterio utilizado a la hora decidir y que me parece interesante que quien lee este blog lo conozca. Si para otros tantos Juzgados y Tribunales el argumento del apego materno o la lactancia natural son prejuicios y argumentos anquilosados en el pasado que en ningún caso deben impedir las pernoctas con los padres a edades tempranas, pues tres cuartos de lo mismo. Y si un padre no para de darle vueltas a solicitar una modificación de guarda y custodia exclusiva a compartida y considero que, por mi experiencia y por la práctica jurisprudencial que conozco, esa petición en su caso tiene pocas posibilidades de prosperar debido a sus horarios laborales, y creo que le ayudaré más razonándole que si quizás solicita una ampliación del régimen de visitas a una o dos tardes intersemanales con pernocta, logrará su objetivo de pasar más tiempo con sus hijos, aunque ello no sea una custodia compartida propiamente dicha, pues lo haré si pienso que eso será lo mejor para él. Siempre soy partidario de perseguir objetivos reales y alcanzables en función de las circunstancias del caso concreto.
También tengo claro que cuando hay por el medio menores, el interés de éstos está por encima del de todos los demás. Por encima del de abogados, Jueces, padres y madres. Y tengo el firme convencimiento de que los abogados tenemos un papel pedagógico en este aspecto que debemos cumplir. No vale todo.