Un supuesto que se encuentra entre la prueba irregular y la prueba ilícita, es aquel que se plantea con las pruebas que se obtengan en un proceso de mediación cuando finaliza sin acuerdo.
El principio de confidencialidad impera en el proceso de mediación. En consecuencia, cuando el mismo finaliza sin acuerdo, los documentos y datos facilitados por las partes en las sesiones llevadas a cabo, no pueden ser aportados por una de las partes como prueba al procedimiento judicial. En este sentido, si se considera afectado en su acceso el derecho a la intimidad deberá inadmitirse la prueba sin valorar ni siquiera su contenido. Y es que el principio de confidencialidad, va muy ligado al derecho a la intimidad.
Fuente del Post: Ponencia de la Ilma. Señora Rosa María Mas Piña, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia 12 de Palma, de familia, en la VI Trobada Anual De La SCAF a Girona (Mayo 2016). Las especialidades de la prueba en los procedimientos de familia.
Photo Credit: Frédérique Voisin-Demery.
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