Normalmente una ruptura no se produce de un día para otro. Es algo que con más o menos tiempo de antelación se ve venir. A veces incluso desde mucho antes de que se produzca, y a más de uno y una estoy convencido de que les interesaría saber un montón de cosas que condicionarán su “nueva vida” tras la separación, y que dependen en gran medida de como se actúe y de las decisiones que se tomen en el tramo final de la vida en común con la pareja.
Difícilmente lograré una guarda y custodia compartida en un proceso judicial si durante la convivencia en pareja yo nunca estaba con el menor, ni lo acompañaba al médico, ni me interesaba por como iba en el colegio, ni asistía a las reuniones del centro ni con su tutor. Tampoco ayudará el hecho de que al dejar de vivir juntos, y hasta que hubiese una resolución judicial, acordásemos que mi ex pareja se quedaría la guarda y yo un régimen de visitas de fines de semanas alternos, por mucho que el niño fuese un bebe de meses.
Otro tanto sucederá en relación a la vivienda familiar y otros bienes inmuebles que puedan existir y la atribución del uso a uno o a otro progenitor que se pueda efectuar judicialmente, y la relación que ello podrá tener con la capacidad económica de cada miembro de la pareja, donde tengan pensado vivir tras la separación, el lugar en el que se ubiquen los núcleos familiares de cada uno, el colegio en el que estén matriculados los niños o al que se les piensa matricular en un futuro.
Que decir sobre los bienes muebles y el ajuar que son propiedad de uno y de otro y lo que conviene hacer antes de abandonar la vivienda para que luego no haya problema para recuperarlos (por ejemplo hacer un inventario de los que son del que abandonará la vivienda), así como aspectos económicos, cuentas bancarias, dinero o bienes en común, y un sinfín de detalles sobre los que convendría, antes de realizar cualquier tipo de actuación unilateral, consultar con un letrado especialista en Derecho de Familia.
Un buen asesoramiento previo puede evitar muchos problemas posteriores.