Abogado de Barcelona experto en Derecho de Familia y Sucesiones
Blog

¿Qué Es El «dépeçage»?

No basta con determinar la competencia judicial internacional y la ley aplicable respecto a la declaración de divorcio, separación o nulidad para que esa competencia y esa ley sirvan para los demás pronunciamientos del pleito (pensiones, custodia, etc.). 

Debe hacerse lo que se conoce como «dépeçage». Es decir, la competencia, la ley aplicable y la ejecución de resoluciones extranjeras (e incluso la cooperación internacional) se rigen por criterios distintos en cada submateria de derecho de familia, sin perjuicio de que la propia legislación pueda vincular con frecuencia varias materias o submaterias. 

Esa autonomía de cada materia, hace posible que, si no es el caso, un tribunal pueda ser competente para declarar el divorcio pero no, por ejemplo, para la custodia de los hijos.

El artículo 91 del Código Civil (o equivalentes autonómicos) sólo se aplica para aquellas materias para las que el tribunal sea competente internacionalmente, y a cada una de ellas deberá aplicarse la ley correspondiente.

Fuente del post: Normas de Derecho Internacional Privado aplicables en las crisis familiaresJoaquin Bayo Delgado.

Imagen: geralt.

Artículos relacionados:

· La Interpretación De La Normativa Europea y Los Convenios Internacionales.
· El Concepto De Custodia Al Hablar De Sustracción De Menores.
· Competencia Judicial Internacional Sobre Responsabilidad Parental De Menores. Artículo 12 Del Reglamento Bruselas II Bis.
· Guarda y Custodia y Visitas Con Elemento Internacional.
· Divorcio Internacional. La Competencia Cuando Se Presentan Demandas Ante Tribunales De Distintos Países.

Si no te quieres perder los próximos artículos, ¡suscríbete!

Si quieres que te ayude, no dudes en contactar conmigo

Puedes hablar conmigo de forma presencial, por videoconferencia o teléfono.

Copyright ©2024, Oscar Cano