Los motivos para recurrir la sentencia que resuelve un recurso de apelación son limitados y restringidos. Pero uno de ellos, claramente, será cuando se produzca por parte de la Audiencia Provincial que dicte la resolución, un error patente en la valoración de la prueba.
Un ejemplo claro de ello lo presenta la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, en fecha de 29 de septiembre de 2014, que estima un recurso extraordinario por infracción procesal en base a que la Sección 12ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, fijó la pensión alimenticia a cargo de un padre bajo el error de considerar que unos ingresos anuales de 8.400 euros por el alquiler de un inmueble de su propiedad los percibía la madre. Teniendo en cuenta lo anterior, el Tribunal aumenta en la citada sentencia el importe de la pensión abonada por el padre de 900 (450 para cada uno) euros en total para sus dos hijos a 1050 (525 para cada uno).
La vía de recurso contra la sentencia dictada en apelación en supuestos como el expuesto es la del recurso extraordinario por infracción procesal del artículo 469.1.4º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que se refiere a la vulneración de derechos fundamentales reconocidos en el artículo 24 de la Constitución Española.
Artículos relacionados:
1. Recurso Extraordinario Por Infracción Procesal. La Valoración De La Prueba.
2. El Recurso Extraordinario Por Infracción Procesal En El Derecho De Familia De Catalunya.
3. La Pensión Alimenticia Fijada En Apelación. ¿Se Puede Recurrir?
4. Pensión De Alimentos. Motivación De Las Sentencias En Apelación.
5. El Recurso De Casación En El Derecho De Familia De Catalunya.