Es perfectamente válido y eficaz pactar en el Convenio Regulador de un divorcio de mutuo acuerdo, que si el cónyuge que se atribuye el uso de la vivienda de titularidad común inicia una nueva relación de pareja estable con otra persona, el ex cónyuge y copropietario de la vivienda pueda desde ese momento dejar de pagar la mitad de su cuota hipotecaria.
Así defiende este extremo la Sentencia de la Sección 12ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, dictada en fecha de 24 de octubre de 2013, en base a que considera ese punto una cuestión de derecho dispositivo. Es decir, contenido sobre el que las partes pueden acordar y disponer libremente lo que mejor les convenga.