La Sentencia dictada por la Sección 12ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, en fecha de 16 de noviembre de 2011 (ECLI:ES:APB:2011:14878), aún reconociendo que el demandado, que estaba en rebeldía procesal (no apareció ni en primera instancia ni en apelación), era el que se encontraba en mejor disposición para acreditar su concreta capacidad económica, consideró que de la prueba existente en las actuaciones no existían indicios que permitiesen presumir o afirmar una disponibilidad económica superior a la documentada (percepción de prestación por desempleo de 420 euros).
Conforme a lo anterior, la citada resolución resolvió no aumentar la pensión establecida en primera instancia (125 euros para cada hijo), al ignorarse la existencia de ingresos superiores a los referidos, sin perjuicio de que se pudiese instar con posterioridad la modificación de medidas en el caso de variar las circunstancias tomadas en consideración al dictarse la sentencia.
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