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Supuestos De No Sujeción Al Impuesto De Sucesiones.

Artículo publicado en marzo de 2023.

No estarán sujetos al Impuesto de Sucesiones y Donaciones:

· Los incrementos de patrimonio gratuitos a favor de personas jurídicas.

· Las cantidades recibidas por un acreedor, por ser beneficiario de un contrato de seguro de vida celebrado para garantizar el pago de una deuda anterior.

· Las prestaciones que estén sometidas a gravamen como renta de trabajo en el IRPF.

· La renuncia del heredero a su parte de la herencia.

· Los premios e indemnizaciones exentas en el IRPF.

· Las subvenciones, premios, becas, gratificaciones o ayudas que se concedan por entidades públicas o privadas con fines benéficos, docentes, culturales, deportivos o de acción social.

· Las cantidades y prestaciones entregadas por Corporaciones, Asociaciones, Fundaciones, Sociedades, o empresas a sus trabajadores cuando deriven directa o indirectamente de un contrato de trabajo, aunque se satisfagan a través de un seguro concertado por las empresas.

Diferentes supuestos.

a) Juan falleció como consecuencia de un accidente. 

La compañía aseguradora del coche que le atropelló, abonó a su esposa 80.000 euros, resultando dicha indemnización exenta en el IRPF y no sujeta al Impuesto de Sucesiones, al proceder de una responsabilidad civil y no de un título sucesorio.

Si la indemnización hubiese venido de un seguro de accidentes suscrito por Juan, sí que hubiera estado sujeta al Impuesto sobre Sucesiones.

b) Juan sobrevivió al accidente.

En el caso de haber cobrado una indemnización de su propio seguro de accidentes y no de la aseguradora del causante del accidente, dicha indemnización estaría sujeta al IRPF pero exenta hasta el límite fijado en la Ley.

c) Viudos/as.

Las cantidades percibidas por la viuda/o de un partícipe en un plan de pensiones, deberán tributar en el IRPF en concepto de rendimientos del trabajo personal.

Sin embargo, si las cantidades proceden de un seguro colectivo, alternativo al plan de pensiones, deberán tributar en el Impuesto de Sucesiones. 

 

Fuente del post: La tributación de las herencias en el impuesto sobre sucesiones.  Don Antonio Arenales Rasines. Primeras Jornadas Online de Fiscalidad en Derecho de Familia y Sucesiones. Marzo 2021.

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