El Auto dictado por la Sección 18ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, en fecha de 17 de enero de 2018 (ECLI:ES:APB:2018:74A), señala respecto al Auto que fijó las medidas provisionales en fecha de 23 de julio de 2014, que no procedía el abono de la parte proporcional de los 6 días de julio, pues la propia resolución estableció que el pago se realizará en los cinco primeros días de cada mes, de manera que el primer devengo se produciría el siguiente mes de agosto.
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